Denuncia Penal contra Macri y sus funcionarios por el Acuerdo con el FMI
Claudio Raúl Lozano (Unidad Popular) y Jonatan Emanuel Baldiviezo (Observatorio del Derecho a la Ciudad) denunciaron penalmente al Presidente de la Nación, Sr. Mauricio Macri, El Sr. Nicolás Dujovne y el Sr. Guido Sandleris, y demás funcionarios que resulten responsables, por la posible comisión de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y Abuso de Autoridad, previstos y reprimidos en el art. 248 del C.P. y de Administración Fraudulenta contra Administración Pública (art.173, inc.7º en función del art. 174, inc.5º del C.P.)
La denuncia tramita por el Expediente N° 8.853/2019 y quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 2 a cargo del juez Dr. Sebastián Roberto Ramos.
Claudio Raúl Lozano (Unidad Popular) y Jonatan Emanuel Baldiviezo (Observatorio del Derecho a la Ciudad) denunciaron penalmente al Presidente de la Nación, Sr. Mauricio Macri, al Sr. Nicolás Dujovne (Ex Ministro de Hacienda) y al Sr. Guido Sandleris (Presidente del Banco Central), y demás funcionarios que resulten responsables, por la posible comisión de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y Abuso de Autoridad, previstos y reprimidos en el art. 248 del C.P. y de Administración Fraudulenta contra Administración Pública (art.173, inc.7º en función del art. 174, inc.5º del C.P.)
La denuncia tramita por el Expediente N° 8.853/2019 y quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 2 a cargo del juez Dr. Sebastián Roberto Ramos.
En fecha 17 de octubre de 2018, el por entonces Ministro de Hacienda, Sr. Nicolás Dujovne, y el presidente del Banco Central de la República Argentina, Sr. Guido Sandleris, remitieron a la Sra. Christine Lagarde, por entonces Directora Gerente del FMI un Memorándum de Políticas Económicas y Financieras (MPEF) y un Memorándum de Entendimiento Técnico.
A. Este segundo acuerdo con el FMI es inconstitucional porque debió necesariamente ser tratados por nuestro Honorable Congreso de la Nación, en tanto así lo disponen los incisos 4, 7 y 22 del Art. 75 de la Ley Fundamental, circunstancia a la cual se negó el Poder Ejecutivo, invocando una norma caduca como lo es el último párrafo del Art. 60 de la Ley de Administración Financiera para ello.
B. En la denuncia se demuestra la irracionalidad y el daño que el acuerdo con el FMI (violatorio de la institucionalidad de nuestro país y de los propios Estatutos del organismo) ha producido sobre la economía y la sociedad argentina dónde se desprende con claridad la Administración Fraudulenta en la que ha incurrido el Presidente Mauricio Macri y sus funcionarios. Desde el 22 de Junio del 2018 al 16 de Julio del 2019, ingresaron a la Argentina en ese período U$S 44.490 millones. Solo se utilizaron para pagos de deuda por U$S 28.594 millones. En el mismo período, salieron del país U$S 36.380 millones. Es obvio que si el FMI prestó U$S 44.490 millones y en la Argentina se fugaron en el mismo período más de U$S 36.000 millones y se pagaron solo U$S 28.000 millones, el país tenía dólares propios para afrontar sus pagos y por lo tanto, el endeudamiento con el FMI carecía de sentido.
El FMI participó, de manera cómplice y corresponsable de la orgía especulativa que caracterizó a la administración Macri al instituir un régimen de política económica que combinó el endeudamiento con la valorización financiera y la fuga de capitales. Régimen este que entró en crisis a comienzos del 2018 y que el FMI al hacer el acuerdo con la Argentina no solo no obligó a modificarlo, sino que facilitó su propio financiamiento para continuarlo.
En todo el período de Macri, la fuga superó los U$S 83.000 millones. La intervención del FMI es simultánea a la aceleración de la fuga de capitales.
La devolución del crédito otorgado y absorbido en el fallido intento de reelección macrista debe ser devuelto de manera concentrada en el período 2020 – 2024. La acumulación de vencimientos con el organismo por un monto de U$S 51.039 millones en esos años define la inviabilidad financiera de la Argentina.
El 1 de septiembre se dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 609/2019. En cumplimiento de este Decreto, el Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la Comunicación “A 6770”, estableció los detalles de la implementación del "cepo" para personas físicas y empresas y los plazos para la liquidación de los dólares de exportación. El día 28 de octubre de 2019, un día después de las elecciones presidenciales, el Banco Central de la República Argentina endureció los controles cambiarios. Estableció un nuevo límite de 200 dólares mensuales a la compra de dólares para personas físicas con cuenta bancaria y en 100 dólares a la cantidad de dólares que pueden ser comprados en efectivos. A todas luces surge la conciencia de los funcionarios de la necesidad de estas medidas para evitar la fuga de capitales pero por cuestiones de intereses electorales del presidente no se adoptaron en detrimento de la población argentina y de su economía.
C. Por último, el primer acuerdo con el FMI tramitó por el EX-2018-29772791-APN-DGD#MHA. El segundo acuerdo tramitó en el Expte. N° Ex-2018-52368222-APN-DGD#MHA. De la totalidad de estos dos expedientes no surge la existencia de ningún acto administrativo, decreto o resolución que autorice al Presidente Mauricio Macri o a cualquier de sus funcionarios, o que éste autorice a sus funcionarios a firmar un acuerdo con el FMI contrayendo una deuda que no tiene parangón en la historia de la Argentina. En el segundo acuerdo sólo existe un Memorándum firmado por Dujovne y Sandleris.