Por María Eva Koutsovitis (Investigadora del IPYPP / Coordinadora de la CLIC) Jonatan Baldiviezo (Observatorio del Derecho a la Ciudad – ODC) Franco Armando (IPYPP/Frente Salvador Herrera de la CTA Autónoma Capital) Myriam Leonor Godoy Arroyo (ODC/IPYPP)
1. INTRODUCCIÓN
La asistencia alimentaria en las villas y Barrios Populares de la Ciudad de Buenos Aires se realiza a través de comedores comunitarios asistidos por el programa de Atención a Grupos Comunitarios del GCBA que dependen del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.
El sistema consiste en la entrega de raciones crudas por parte del GCBA, a través de empresas concesionarias, a los comedores comunitarios reconocidos. Las trabajadoras comunitarias, sin ningún tipo de reconocimiento salarial se encargan diariamente de recibir los alimentos crudos, elaborarlos y entregarlos según la modalidad de vianda o habilitando el espacio comunitario para que las familias puedan almorzar, merendar y cenar.
La pandemia del Coronavirus Covid-19 obligó a realizar ciertos cambios en el sistema.
En primer lugar, en los comedores se empezó a entregar solamente viandas ya que sanitariamente no era aconsejable la aglomeración de personas comiendo en un espacio cerrado del comedor.
En segundo lugar, muchos comedores empezaron a cerrar porque las/los trabajadoras/es comunitarios encargadas de sostener la asistencia alimentaria se contagiaron de Covid-19. Lamentablemente son muchas/os las/os referentes de espacios comunitarios fallecidos: Gladys Argañaraz, Ramona Medina, Víctor Giracoy, Agustín Navarro y tantas/os otros/as.
En este contexto, el Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC), organismo creado por la Ley N° 1.251 y principal responsable de las políticas habitacionales porteñas, comenzó a ocuparse de la asistencia alimentaria en los barrios populares mediante la entrega de bolsones de alimentos a las familias con necesidades alimentarias, solapándose con la tarea desarrollada por Grupos Comunitarios.
El IVC reconoce esta situación expresando:
“Ello en virtud de la Pandemia declarada en relación con el Coronavirus (COVID-19), la cual ha forzado al Gobierno Nacional a ampliar la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 y su modificatorio, así como también el aislamiento social preventivo y obligatorio establecido en todo el territorio de la Nación por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020.
Asimismo, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se ha declarado la emergencia sanitaria a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19), a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20.
En efecto, en el marco de la mencionada pandemia global, la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio para reducir la tasa de contagio y colaborar así con la capacidad de atención del sistema de salud ha transformado la rutina de las personas, en tanto se ha afectado la dinámica de la economía y de las actividades productivas.
Así las cosas, las restricciones a la circulación y las medidas de aislamiento preventivo, impactan a las personas vinculadas al sector informal de la economía. Es que las personas de bajos recursos que viven en los Barrios Populares, asentamientos y Complejos Habitacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, han sufrido una notable discontinuidad y/o pérdida de sus ingresos durante la actual cuarentena. Dicho de otro modo, se puede decir que la pandemia en cuestión ha impactado sobre los
ingresos de estos hogares, cuya subsistencia inmediata depende de lo que día a día obtienen con el fruto de su trabajo.
De este modo, el bienestar de los hogares se vio afectado debido a la situación de vulnerabilidad económica que enfrentan los grupos poblacionales de los Barrios Populares, asentamientos y Complejos Habitacionales que este Instituto de Vivienda tiene intervención.
En este orden de ideas, existe una manifiesta imposibilidad de las familias de los hogares vulnerables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de cubrir por sí -tal como lo hacían antes de la pandemia- el costo de los alimentos necesarios para su subsistencia. Ello debido a que los salarios informales que normalmente percibían se encuentran actualmente disminuidos o interrumpidos como consecuencia de la suspensión de las actividades productivas en el marco del mencionado Aislamiento social preventivo y obligatorio.
De lo expuesto hasta aquí se desprende que los habitantes que residen en los Barrios Populares, asentamientos y Complejos Habitacionales en los que este Instituto de Vivienda interviene padecen en mayor medida la vulnerabilidad en el acceso a los alimentos producto de la actual pandemia asociada a los efectos del Coronavirus -COVID 19-, situación que esta Dirección General no puede ignorar de manera alguna.
Pues bien, esta Dirección General entiende que el derecho a una vivienda adecuada incluye tener acceso a servicios adecuados. Es decir, el derecho a una vivienda adecuada incluye también un acceso sostenible y no discriminatorio a los servicios fundamentales en materia de salud, seguridad, comodidad y alimentación.
De este modo, dado el panorama actual hay familias que se encuentran inmersas en una situación de vulnerabilidad socioeconómica, por lo que esta Dirección General entiende que resulta necesario brindar de manera inmediata una solución integral para así mitigar las consecuencias de la pandemia asociada a los efectos del Coronavirus -COVID 19.
Pues ante situaciones de emergencia social y sanitaria, la prioridad de este Organismo es la de colaborar con el acceso a los bienes y servicios básicos indispensables para la población de los barrios más vulnerables.
El abordaje social y territorial que este IVC ha tenido en los Barrios vulnerables durante los últimos años, permitió que sea posible detectar las dificultades actuales de las familias, contribuyendo de este modo a la eficiencia de la gestión pública, procurando la satisfacción de las necesidades de los vecinos más vulnerables de esta Ciudad.
(…) De este modo, la asistencia alimentaria tiene en miras la satisfacción del interés público, en consonancia con las funciones inherentes de este Instituto.
En definitiva, esta Dirección General entiende que resulta indispensable disipar la situación de angustia e incertidumbre que genera la imposibilidad de ir a trabajar brindando asistencia alimentaria a las familias de los sectores más vulnerables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ante la cuarentena nacional por el Coronavirus - COVID-19.
En efecto, habiéndose analizado el panorama actual y teniendo en consideración el constante incremento de la demanda de los alimentos de primera necesidad por parte de las familias, es que esta Dirección General consideró oportuno efectuar la contratación de bolsones de alimentos.”
2. EL NEGOCIO DE LA ALIMENTACIÓN
2.1. Negocio de la intermediación.
El IVC decidió privatizar este servicio de alimentación contratando la entrega de bolsones con empresas de catering como Sano y Bueno Catering S.A.
Estas son las empresas de catering que ofertaron siendo la que mejor precio ofertó la empresa Sano y Bueno Catering S.A.
El IVC contrató con la empresa Sano y Bueno Catering S.A. la entrega de 30.000 bolsones de alimentos por la suma de $36.000.000, es decir, cada bolsón costó $1.200. El propio IVC en un Informe reconoce que adquirió un total de 30.000 bolsones de comida a ser distribuidos mensualmente en mayo, junio y julio.
El IVC en su informe incorpora un relevamiento de precios minoristas y a su medida eligieron marcas y precios para justificar la razonabilidad de los montos pagados en la contratación. Las marcas y los productos elegidos no corresponden a los alimentos entregados a las familias. El propio informe del IVC aclara que son “ejemplos” de precios minoristas relevados para un conjunto de productos, algunos de los cuales ni siquiera forman parte de la contratación.
2.2. ¿Cómo están compuestos estos bolsones?
La contratación especifica el listado del contenido de la mercadería de cada bolsón.
A fin de analizar la razonabilidad de la contratación y la existencia de sobreprecios o sobrecostos presentamos el “precio minorista” de los productos efectivamente entregados (Columna N° 1), el precio de productos de otras marcas (Columna N° 3 y N° 4) y los ejemplos de listado de precios aportados por el propio IVC (Columna N° 2 y N° 3).
El IVC hizo circular por los barrios un informe con el objeto de justificar los precios de la contratación aclarando que los $1.200 incluyen el costo de embolsado, apilado y distribución. Es oportuno aclarar que por distribución se entiende llevar la mercadería a un solo punto en Barracas según estableció la contratación y el termino “apilado” no es claro.
2.3. CONCLUSIONES
A. De acuerdo con el relevamiento realizado, el IVC está pagando por cada bolsón $1.200 cuando el precio “minorista” de los productos efectivamente entregados a las familias ronda los $640 y el precio de acuerdo al total de los productos contratados ronda alrededor de los $ 700.
B. Destacamos que son precios minoristas, es decir, el costo del producto por unidad. Por lo tanto, como mínimo por adquirir estos productos a precio mayorista, la empresa intermediaria debió pagar entre un 10% y un 15% menos. En esta contratación se compraron 30 mil unidades de cada producto alimentario a $36 millones.
C. Es decir, el IVC pagó $1.200 por un bolsón y a las familias les llegó efectivamente alimentos por la mitad de dicho valor.
D. La empresa, en este caso Sano y Bueno Catering S.A. está cobrando casi un 100% más de lo que gasta en adquirir los productos, es decir, $18 millones.
E. EL IVC en su defensa sostiene que este precio incluye los impuestos. El IVC hizo retenciones por aportes previsionales, impuesto a las ganancias e impuesto a los ingresos brutos por un total de $476.177 cada doce (12) millones. Es decir, de los 36 millones, solo $1.428.531 se van en impuestos. Por fuera del costo supuesto de los alimentos, a la empresa le estarían quedando $16,5 millones.
F. Para el IVC está bien que el 50% de los costos de la compra de alimentos se vaya en el embolsado, apilado y en la distribución. Cabe aclarar que por distribución se entiende llevar la mercadería a un solo punto en Barracas según estableció la contratación. Es decir que el costo de trasladar los alimentos a un punto de entrega de la Ciudad es equivalente al costo de elaboración y producción de los alimentos entregados.
G. El IVC en su informe nos informa que hizo un relevamiento de precios minoristas y a su medida eligieron marcas y precios para justificar la razonabilidad de los montos pagados en la contratación.
Esta conducta soslaya todo principio de transparencia de un organismo estatal. La contratación ya fue aprobada, la mercadería recibida y el precio pagado. El IVC nos debería informar qué productos (y sus marcas correspondientes) efectivamente fueron recibidos y entregados a las familias.
Nos debería mostrar el expediente electrónico completo donde figure el acta de recepción de la mercadería con su preciso detalle de las marcas, fechas de vencimiento y condiciones de la mercadería.
Es más, debería exigirle a la empresa Sano y Bueno Catering S.A. que le brinde copia de cada factura de los alimentos comprados para efectivamente saber el precio de los productos y no salir a realizar un relevamiento de precios minoristas.
H. En las compras de alimentos el Estado no direcciona las ofertas estableciendo las marcas de los productos. Pero las empresas ofertantes si deben informar qué tipo de producto y su respectiva marca para que el Estado, en este caso, el IVC, pueda verificar la razonabilidad de la oferta y comparar las ofertas de los distintos competidores.
EL IVC aceptó la oferta de Sano y Bueno Catering S.A. sin que en ella figure la marca de cada producto.
Por lo tanto, no existe forma de que el IVC haya podido comparar las ofertas por la calidad del producto y no existe forma de que pueda controlar lo que la empresa le iba a entregar. La empresa puede entregar productos de cualquier calidad y el IVC igual le pagaría $1.200 por bolsón.
Otro defecto muy grave en esta contratación.
3. La explotación de las mujeres voluntarias que hacen trabajo comunitario
La empresa entrega los bolsones en un único punto, y una vez más son las trabajadoras comunitarias quienes deben retirar los alimentos del centro de acopio, trasladarlos a los espacios comunitarios barriales y desarrollar la logística necesaria para entregar los bolsones de alimento, puerta a puerta.
Todo esto sin recibir elementos adecuados de protección, ayuda económica que permita sostener la logística de entrega ni ningún tipo de reconocimiento salarial por la tarea realizada. Cada familia beneficiada recibe 1 (un) bolsón cada 15 días.
Las familias, independientemente de su composición familiar, reciben 1 (uno) bolsón cada 15 días. A todas luces se advierte la insuficiencia de los alimentos entregados para garantizar la alimentación adecuada.
Esta situación se agrava de sobremanera para las personas que están en cuarentena obligatoria y no pueden salir de sus casas.
En la siguiente imagen se visualizan los productos dados a una familia en cuarentena obligatoria en una villa para 15 días.
El gobierno porteño gasta en los bolsones alimentarios el 100% más de lo que las familias reciben. El costo adicional, pagado por el gobierno porteño como consecuencia de la contratación de empresas intermediarias, permitiría pagarles el salario a 300 trabajadoras comunitarias cuyo trabajo esencial no es reconocido por el estado y son ellas quienes vienen gestionando la pandemia en la primera línea de los barrios populares.
4. Hacia la desmercantilización y desprivatización de la alimentación.
El negocio de las empresas intermediarias “fleteras” de bienes y servicios esenciales, que acumulan enormes ganancias precarizando las políticas públicas, es parte del déjà vu porteño. Así es como estas empresas por sólo trasladar agua en camiones aguateros, alimentos a granel o barbijos, generan brutales sobrecostos al estado.
La sola decisión del GCBA de comprar directo a las cooperativas y a los productores de alimentos, permitiría mejorar la calidad nutricional de la asistencia alimentaria, alcanzar mayor cantidad de hogares y reconocer salarialmente el trabajo de las mujeres trabajadoras comunitarias, quienes voluntariamente se encuentran organizadas frente a la urgencia del hambre y hoy en la primera línea gestionan la pandemia en las barriadas humildes de la ciudad más rica.