Observatorio del Derecho a la Ciudad

LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE SANEAMIENTO BÁSICO EN LOS BARRIOS INFORMALES

300.000 habitantes de la ciudad de Buenos Aires condenados a vivir en emergencia sanitaria. Por María Eva Koutsovitis y Jonatan Emanuel Baldiviezo

Políticas habitacionales VILLAS

22.10.15


La ausencia de planes integrales para una adecuada cobertura de los servicios básicos sanitarios en las villas de la ciudad de Buenos Aires es total. Esto genera una afectación permanente de la calidad de vida y la vulneración de derechos básicos como a la salud, al ambiente y a la integridad física. Para revertir esta situación es indispensable avanzar con la aplicación de la ley 148 que dispone la urbanización de todas las villas de la ciudad.
 
Luego de cientos de años esta promesa en la ciudad de Buenos Aires, como en la gran mayoría de las ciudades del mundo, está lejos de ser cumplida. En primer lugar, el propio Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) reconoce que la población en las villas de la ciudad pasó de 107.422 habitantes en 2001 a unos 275.000 en 2014, es decir, un crecimiento del 156%. Una de las principales características de las villas es que sus habitantes no son propietarios de la tierra que ocupan, esa es la raíz de la informalidad de sus construcciones. Esta cifra es modesta y ajena a la realidad en las villas. Los que en forma constante trabajamos en las villas sabemos que existe una población generalmente invisibilizada en los censos y relevamientos poblacionales que incrementarían en cientos de miles la cifra proporcionada por el GCBA: los inquilinos que viven en las villas.

Las familias inquilinas cuentan con serios obstáculos para ser censadas. Existen dificultades materiales para censar a las familias inquilinas en las villas en virtud de que los métodos que se adoptan no son adecuados. Los relevamientos poblacionales y censos suelen hacerse en forma rápida y sin advertir que en un inmueble conviven muchos hogares inquilinos con configuraciones distintas a los edificios de departamentos o inmuebles de propiedad horizontal (PH) en el resto de la ciudad. Cabe recordar que el censo se hizo en un solo día.

Pero la dificultad mayor es una cuestión social. Los ?propietarios? en las villas, aquellos que se asentaron primero en terrenos de propiedad estatal o de otros privados y son los dueños de las construcciones, impiden que las familias inquilinas puedan ser censadas. Los inquilinos son ocultados o hasta amenazados para que no se censen. Las razones son múltiples, principalmente, los ?propietarios? tienen el temor de que la incorporación de los inquilinos en censos oficiales irá en detrimento de sus derechos. El Estado no ha mostrado un interés real en evitar esta violación de derechos.

La inexistencia de la comunidad de propietarios vulnera la igualdad de los ciudadanos en la ciudad. También existe otra cuestión que lesiona en forma grave la promesa de igualdad de oportunidades urbanas. La población de las villas no cuenta con prestación de servicios públicos en igualdad de condiciones que el resto de la ciudad. Un sexto de la población de la ciudad padece las graves consecuencias de que cada uno de los servicios públicos sufra interrupciones continuas; sean extremadamente precarios y deficientes; no garanticen la salud ni la seguridad de los habitantes de las villas, y les generen ingentes gastos y pérdidas económicas.

Durante décadas los habitantes de las villas de la ciudad lucharon para que su derecho a vivir en la ciudad sea respetado y no sean desalojados en forma violenta o a través de mecanismos de presión más ocultos y lentos. Lograron obtener leyes significativas y de vanguardia como la Ordenanza Nº 44.873 y la ley Nº 148 que disponen la urbanización de todas las villas de la ciudad a través de una participación obligatoria y real de los representantes de los villeros.

Luego de más de dos décadas de incumplimiento de estas leyes, la posibilidad de solución habitacional y ambiental definitiva que constituye la urbanización se encuentra a mayor distancia por el aumento de la población, la densificación constructiva y una orientación de la política urbana dirigida a la mercantilización de los territorios villeros y a la expulsión de sus familias por el mercado.

En este contexto, la conquista de no ser desalojados violentamente no fue seguida de la construcción de infraestructura necesaria para que en las villas puedan tener acceso a los servicios públicos en las mismas condiciones (adecuadas y seguras) que el resto de la ciudad. La desigualdad en el acceso a los servicios públicos no sólo concreta una de las discriminaciones urbanas y espaciales más vetustas de la ciudad, sino también es una afectación permanente a la calidad de vida, al derecho a la salud, al ambiente, la integridad física, etcétera.

Situación actual de la infraestructura básica sanitaria

Las obras que se realizan en las villas en cuanto a la infraestructura para la prestación de servicios públicos no responden a planes integrales de urbanización. Tampoco respetan la profusa normativa local, nacional e internacional vigente. La ley de la ciudad Nº 3.295 garantiza a todos sus habitantes el acceso al agua potable en cantidad y calidad suficientes para usos personales y domésticos como derecho humano fundamental. Sin embargo para quienes viven en las villas de la ciudad el goce de este derecho es utópico.

Miles de vecinos pasan largos períodos sin poder acceder al agua corriente. Mujeres y niños recorren distancias significativas para aprovisionarse de agua. Varias veces al día, acarrean baldes y cacerolas con agua por estrechas calles por donde además circulan vehículos. Los baldes y cacerolas con agua luego deben subirlos por las escaleras caracol poniendo en riesgo su vida.

Los organismos responsables de ejecutar las políticas urbanas orientadas a las villas son múltiples no sólo por los servicios públicos a prestar o por problemáticas a solucionar sino también por la superposición de atribuciones. La falta de claridad e información de competencias a los habitantes de las villas, y fragmentaciones en la responsabilidad de garantizar la prestación de servicios públicos se intensifica en lo que se refiere al servicio público de agua potable y saneamiento. La ausencia de planes integrales para una adecuada cobertura de los servicios básicos sanitarios se suma a la desarticulación entre los organismos de la ciudad responsables de llevar a cabo las obras de infraestructura.
El servicio público de agua y saneamiento en la ciudad se encontraba privatizado desde la década de los ?90 hasta el año 2006, cuando se otorgó la concesión a la empresa AySA SA, cuyo capital pertenece en un 90% al Estado nacional y en un 10% a los empleados (Programa de Participación Accionaria).

AySA tiene la obligación de prestar los servicios de agua potable y desagües cloacales a todo inmueble comprendido dentro de las Áreas Servidas (son las que cuentan con cañerías del servicio en el frente de los inmuebles del área) o de Expansión de los límites de la concesión. Las villas de la ciudad se encuentran dentro del área de concesión de la empresa AySA, pero en los hechos, esta únicamente presta el servicio público de distribución de agua potable y saneamiento hasta las periferias de las mismas. De acuerdo con lo que establece el marco regulatorio de la prestación del servicio público por parte de la empresa AySA, serán considerados usuarios de los servicios de agua potable y desagües cloacales los propietarios, copropietarios, poseedores o tenedores de inmuebles que linden con calles o plazas de carácter público. Este ha sido el argumento esgrimido por AySA para no prestar el servicio en los asentamientos informales donde las calles y pasillos internos no se encuentran reconocidos formalmente como vías públicas. AySA únicamente se encarga de habilitar bocas de conexión en sus redes principales para que los habitantes de las villas puedan conectar la red interna de agua y cloaca.

Sin embargo recientemente AySA ha comenzado a ejecutar por primera vez en la ciudad, en la Villa 21-24 y en la Villa Saldías, los planes Agua + Trabajo (A+T) y Cloaca + Trabajo (C+T). Estos planes para la ejecución de redes de agua y cloaca, tienen por objetivo mitigar el riesgo sanitario en sectores populares y barrios informales a la vez que se propicia la creación de fuentes de trabajo mediante cooperativas conformadas por vecinos de la zona, beneficiarios de planes sociales y desocupados. Esto demuestra que no existen obstáculos legales para que AySA realice intervenciones dentro del territorio de otras villas de la ciudad.

Por estos motivos, la responsabilidad de la prestación del servicio de agua potable y saneamiento en el interior de las villas ha recaído en el Gobierno de la Ciudad de Buenos en su carácter de garante de los derechos reconocidos a los habitantes de la ciudad, y de acuerdo con su deber constitucional de ?promover el acceso a los servicios públicos para los que tienen menores posibilidades?.

En la última década una gran cantidad de organismos en forma sucesiva y hasta incluso simultánea en diferentes villas prestaron los diferentes servicios públicos. Esto dificulta detectar el organismo responsable a quien reclamar y la posibilidad de que estos se responsabilicen de sus obligaciones.

La mayoría de las redes internas sanitarias y pluviales en los barrios fueron ejecutadas y costeadas por los propios habitantes de las villas de manera precaria, sin ningún tipo de apoyo o asesoría técnica. La infraestructura con la que cuentan las villas fue ejecutada sin tener en cuenta el crecimiento vertiginoso que experimentó en esta última década su población. Todo esto determina que la infraestructura básica se encuentre completamente colapsada.

La calidad del agua que consumen los habitantes de las villas no es controlada por ningún organismo estatal. Por lo tanto, quienes viven en las villas y no poseen suficientes recursos económicos para comprar agua envasada se encuentran destinados a consumir agua no segura.

Mediante mangueras los vecinos, y en algunos casos cooperativas de trabajo, se conectan a las bocas que AySA dispone en la periferia de las villas trazando precariamente las redes internas de agua. Estas mangueras no se encuentran suficientemente enterradas y el tránsito vehicular determina que se pinchen o rompan frecuentemente. Cuando recorremos los barrios es usual encontrar numerosos puntos donde se observan pérdidas continuas de agua.
Desde el punto de vista de la infraestructura cloacal, algunas villas cuentan con pozos ciegos y otros con redes precarias conectadas a pequeñas cámaras que frecuentemente colapsan. Las descargas de efluentes cloacales domiciliarios se realiza a estas precarias cámaras que se encuentran en los pasillos muy próximas a las viviendas e incluso dentro de los mismos domicilios.

Estas precarias redes cloacales, como en el caso del Barrio Carlos Mugica (Villa 31 y 31 bis), a veces se conectan a sistemas pluviales cuya existencia era anterior a la conformación de los asentamientos.

Varias villas de la ciudad se encuentran emplazadas sobre terrenos contaminados con metales pesados y sustancias peligrosas, como la Villa 21-24, Villa 1-11-14, Rodrigo Bueno, Ramón Carrillo y Villa 20.

La ausencia de adecuados sistemas pluviales, el desborde de las precarias cámaras cloacales, la conexión de los conductos cloacales a pluviales existentes y la presencia de suelos contaminados, determinan que cada vez que llueve los habitantes de las villas se inunden con agua de lluvia contaminada con líquido cloacal, metales pesados y sustancias peligrosas.

Si además la presión de agua y la oferta de agua disponible en los puntos de conexión dispuestos por AySA en la periferia no son suficientes, los habitantes de las villas conectan de manera directa a las redes internas motores para extraer la poca agua que circula. El uso masivo de motores ?chupando agua? directamente de las mangueras determina que a través de las pérdidas y filtraciones de las redes internas ingresen efluentes y partículas contaminadas con líquido cloacal, metales pesados y sustancias peligrosas.

Es frecuente observar en las villas de la ciudad cómo los efluentes cloacales, en virtud del colapso de la red cloacal o de los pozos ciegos, se encuentran en las vías públicas formando pequeños charcos de aguas servidas.

Un claro ejemplo de abandono y desidia es el Barrio Rodrigo Bueno, emplazado en terrenos ribereños de la ciudad anexos a la Reserva Ecológica. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires desde el 2012 no permite a sus habitantes el ingreso de materiales de construcción. Aguas servidas bajando por los pasillos, casas con peligro de derrumbe y riesgo eléctrico permanente por la ausencia de servicios básicos. Numerosas viviendas cuentan, en estas tierras de relleno con presencia de napas altas, con pozos ciegos. En marzo del 2015 se desmoronó un pozo ciego cobrándose la vida de un niño de 13 años.

El costo social y ambiental de postergar la aplicación de la ley 148

En lugar de brindar soluciones definitivas para la infraestructura sanitaria y pluvial, en los últimos años el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contrató la prestación de camiones cisterna, vactor e hidrocinéticos con el objeto de tratar la emergencia mientras ejecutaban las obras que permitirían una prestación permanente y segura del servicio. Estas contrataciones de emergencia se han hecho duraderas en el tiempo constituyendo la normalidad para muchos sectores de las villas de la ciudad. Numerosas familias periódicamente reciben la asistencia de los camiones cisterna que recargan los tanques domiciliarios, baldes y cacerolas con agua de dudosa calidad. Vactors e hidrocinéticos que periódicamente desobstruyen las colapsadas cámaras y conductos cloacales.
Estas prestaciones no son económicas; con el paso del tiempo y el monto de presupuesto asignado llegan a alcanzar sumas de dinero que hubiesen sido suficientes para la ejecución de obras de infraestructura definitiva. Detrás de la emergencia social y ambiental suelen estar las ganancias de empresas que lucran con el sostenimiento de estas condiciones de emergencia. Tampoco esta solución transitoria ha alcanzado para garantizar el acceso al agua potable a todas las familias de las villas o para evitar el colapso de los pozos ciegos o cámaras sépticas.

El elevado riesgo sanitario y ambiental al que se encuentran expuestos los habitantes de las villas se constata en la ocurrencia de enfermedades asociadas al agua, como diarreas, enfermedades de la piel, forúnculos, etc. En los Centros de Salud y Atención Comunitaria (CeSACs) donde se brinda atención primaria a la población de villas, la mayor cantidad de consultas se deben a diarreas de origen infeccioso y parasitosis, forúnculos, afecciones en la piel y hepatitis, todas ellas enfermedades relacionadas con la falta de saneamiento y acceso al agua segura.

Sin olvidar mencionar que en los barrios asentados sobre terrenos contaminados es frecuente que sus habitantes se encuentren contaminados con plomo. Este metal ingresa en el cuerpo humano al respirar aire contaminado, al ingerir alimentos contaminados, estando en contacto con suelo o superficies contaminadas y también durante el embarazo el bebé lo incorpora a través de la placenta. El plomo que ingresa al organismo progresivamente se deposita en los huesos y se acumula en la sangre. Los niños son el principal grupo de riesgo ya que su capacidad para absorber plomo es mucho mayor que la de un adulto. Los niños que no reciben una alimentación adecuada, con alto contenido en hierro, son más propensos a contaminarse con plomo. Un niño contaminado con plomo tiene comprometido todo su desarrollo cognitivo, no puede crecer, no puede aprender, no puede desarrollarse plenamente.

La postergación de la aplicación de la ley 148, que dispone la urbanización de todas las villas de la ciudad a través de mecanismos participativos, vulnera el derecho básico a la vida.

Conclusiones

Frente a la grave situación de emergencia en que se encuentra el servicio de agua potable y saneamiento, el GCBA no ha adoptado ninguna medida integral o radicalmente distinta orientada a modificar las actuales deficiencias en la prestación del servicio. No se vislumbra para el futuro un cambio de dirección, sino la continuidad de la prestación de emergencia a través de los camiones, vactors e hidrocinéticos y la realización de pequeñas y aisladas obras de infraestructura. El riesgo sanitario se suma al riesgo eléctrico, al riesgo de infraestructura y a la emergencia habitacional en el que se encuentran las villas de la ciudad. Constituye una flagrante discriminación que tanto el GCBA como AySA no garanticen la misma calidad del servicio en las villas como sí lo hacen en el resto de la ciudad. La profunda distancia entre los estándares que el marco normativo establece y cómo se presta el servicio en las villas en la actualidad, implica una violación al derecho humano al agua, a la salud, al ambiente, a la calidad de vida y a la igualdad.

Tanto la Constitución de la ciudad como las leyes de urbanización obligan al GCBA a otorgar prioridad a las villas dentro de las cuestiones urbanas de la ciudad a fin de garantizar una prestación adecuada del servicio de agua potable y saneamiento en las villas. Las soluciones no pueden ser parciales sino integrales dentro del marco del proceso de urbanización e integración. Cualquier política que sea parcial o sin encontrarse en un proyecto de urbanización de las villas, serán regresivas e insuficientes.

Sin duda urbanizar los asentamientos informales, ponerles nombre a las calles, desarrollar infraestructura básica para no inundarse cada vez que llueve y perder hasta los recuerdos, tomar agua segura, no enfermarse, permite además visibilizar la identidad de las villas integrándolas definitivamente a la ciudad.

AQUÍ EL ARTÍCULO COMPLETO (Página 136)